Una manera fácil y rápida de acceder a la información del Registro de Comercio de Bolivia
1. Formulario Nº 0070 de registro de actos de comercio, debidamente firmado por el cliente, con carácter de declaración jurada.
2. Nota de solicitud o memorial, que contenga la descripción expresa del requerimiento debidamente fundado y acreditando interés legal según sea el caso.
NOTAS:
En caso necesario, puede acompañar a la solicitud o memorial referidos documentos que el interesado considere pertinentes.
Descargue y llene el formulario desde su computadora.
Formulario 0070 Carta de solicitud de hojas removibles (Modelo referencial y optativo)En caso que el trámite sea procesado por el Concesionario del Registro de Comercio, se establece dos días hábiles, a computarse a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite.
En caso que el Concesionario del Registro de Comercio deba remitir ante la instancia correspondiente el trámite, lo debe efectuar dentro de los plazos detallados a continuación, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite
En el caso que las instituciones destinatarias se encuentran en la misma ciudad en la que se presentó el trámite, 24 horas.
En el caso que las instituciones destinatarias no se encuentren en la misma ciudad en la que se presentó el trámite, 72 horas.
Todo memorial o solicitud que presenten los clientes no relacionados con la obtención de un registro o información contemplada en los trámites señalados en el presente Manual, dirigidos por asuntos de interés propios de las sociedades comerciales o comerciantes individuales, ante el Concesionario del Registro de Comercio - FUNDEMPRESA o MDPyEP. Este trámite no amerita registro alguno.
Marco legalArt. 24 de la Constitución Política del Estado, Art. 9 inc. j y Art. 30 Parágrafo II del D.S. 26215 del Reglamento de la Concesión al Registro de Comercio.
Las Resoluciones Administrativas SEMP Nº 205/04 de fecha 20 de octubre de 2004 y SEMP N° 0027/2005 de fecha 23 de febrero de 2005, emitidas por la Ex-Superintendencia de Empresas, aprueban el Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio de Bolivia, mismo que regula el presente trámite.
Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del Cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente, y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. Estas solicitudes no ameritan registro alguno en los libros correspondientes, ya que tan solo se limitarán al procesamiento del trámite.
Estas notas o memoriales cuando correspondan son tramitadas en el Registro de Comercio o en su caso son remitidas ante la MDPyEP a los fines de su tramitación correspondiente y conforme a su competencia.
- En el primer caso, Ventanilla de Atención al Cliente remite el trámite al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área quién dispondrá el procesamiento correspondiente a cada caso.
En el segundo caso Ventanilla de Atención al Cliente remite el trámite al Jefe de Oficina de Sede quién a su vez remite a Gerencia de Área para el envío mediante nota de atención correspondiente ante la institución requerida; instancia ésta que procesa lo solicitado conforme a los procedimientos establecidos, pudiendo emitir contestación o resultado del trámite en forma directa al interesado y/o a través del Concesionario del Registro de Comercio, debiendo en ambos casos enviar al Concesionario la copia correspondiente de respuesta para su archivo en la carpeta comercial.