Procedimiento de Reclamación Directa
Usted tiene el derecho de reclamar si su trámite ha sido observado siguiendo el procedimiento de Reclamación Directa de manera gratuita.
- En primera instancia, presente a FUNDEMPRESA su Reclamación Directa en medio escrito, en un lapso no mayor a 30 días calendario contados después del día del hecho que motivo la reclamación.
- FUNDEMPRESA resolverá la Reclamación, en un lapso no mayor a 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la presentación de su Reclamación.
- En caso de que FUNDEMPRESA resuelva procedente su Reclamación, adoptará las medidas necesarias para evitarle perjuicios, en un plazo no mayor a 2 días hábiles contados después de la emisión de su pronunciamiento.
- En caso de que FUNDEMPRESA resuelva improcedente su Reclamación o no la resuelva dentro el plazo de 5 días establecidos, usted podrá presentar una Reclamación Administrativa ante el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
- Usted debe presentar la Reclamación Administrativa de manera escrita, indistintamente en cualquier oficina de FUNDEMPRESA o directamente en la oficina del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural admitirá o rechazará la Reclamación en un plazo máximo de 2 días hábiles a partir del registro de la Reclamación. El Ministerio rechazará la reclamación cuando no corresponda a su competencia o se hubiera presentado fuera del plazo establecido. En caso de admitir la Reclamación, correrá el traslado correspondiente.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural puede abrir un periodo probatorio, con un plazo máximo de 5 días hábiles contados después de la última notificación.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural puede abrir un periodo de alegatos poniendo las actuaciones a su disposición para poder alegar lo actuado, dentro de los 5 días hábiles administrativos contados después de la última notificación.
- Si considera necesario, usted tiene el derecho de alegar aún cuando el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural no hubiera dispuesto la presentación de alegatos, para lo cual debe presentar su solicitud escrita dentro de los 2 días hábiles administrativos de la ultima notificación; caso en el que las partes tendrán el plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la notificación con la admisión de la solicitud para formular sus alegatos.
- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural resolverá la Reclamación declarándola fundada o infundada en plazos diferentes dependiendo del proceso de Reclamación.
- En caso de que el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural declare fundada la Reclamación mediante Resolución Administrativa ordenará el cumplimiento de las normas legales infringidas.